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Proyectos de igualdad para pequeñas empresas

¿Cómo podemos ayudarte?

El marco normativo exime de la obligación de elaborar y aplicar planes de igualdad a las empresas que no alcancen las cincuenta personas trabajadoras. Pero, eso sí, la ley impone a todas las compañías –grandes, medianas o pequeñas– el respeto a la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.


Es decir, las pequeñas empresas que no lleguen a cincuenta personas trabajadoras deberán adoptar, previa negociación, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como la elaboración de un registro retributivo de toda su plantilla. Además, los pequeños negocios tienen también la obligación de promover las condiciones de trabajo idóneas que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.


Con esas finalidades, desde ZEROACOSA2 crearemos proyectos integrales de igualdad que se ajusten al tamaño y las necesidades de tu compañía. Esos proyectos –especialmente diseñados para pequeños negocios y autónomos con empleados– consistirán en:

1- Medidas de igualdad

En primer lugar, desde ZEROACOSA2 te guiaremos en la elaboración del diagnóstico que analice de forma precisa la situación en materia de igualdad en tu pequeña empresa. Una vez preparado el diagnóstico, te ayudaremos en la implementación de un Manual de Medidas que, previa negociación, garantice el respeto a la igualdad de trato y de oportunidades en tu compañía.


Por último, te asesoramos en la fijación de los sistemas de seguimiento y evaluación precisos al Manual de Medidas sobre Igualdad adoptado, asignando para tal cometido un técnico de ZEROACOSA2.

2. Registro retributivo

El marco normativo impone a las empresas que no lleguen a cincuenta empleados la obligación de contar con un registro retributivo de su plantilla al completo. El registro –que tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las retribuciones, de manera fiel y actualizada– deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de las personas en nómina, desagregados por sexos. Desde ZEROACOSA2 asesoraremos a tu empresa para que cumpla con la exigencia de elaborar el registro retributivo, así como su actualización anual.

3. Protocolos contra el acoso laboral, sexual y por razón de sexo

Todas las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo e incluyendo los cometidos en el ámbito digital. El equipo profesional ZEROACOSA2 te ayudará a elaborar el documento en el cual tu empresa fije su compromiso claro y determinante a favor de la tolerancia cero contra la violencia laboral, así como el obligado protocolo en el que se incluirán los pasos a seguir para identificar la situación de acoso y el procedimiento a aplicar en caso de que esta ocurra. El protocolo también determinará las medidas de actuación tanto para evitar o reducir la posibilidad de este tipo de conductas (medidas de prevención) como para proteger a la persona trabajadora en caso de que haya sido víctima de acoso (medidas de protección).

4. Investigación pericial de situaciones de acoso laboral

Cuando fallan las medidas de prevención y aparece un cuadro de violencia explicita –aunque sea leve–, es obligación del empresario intervenir con la activación del protocolo contra el acoso laboral. Ante cualquier denuncia, los técnicos expertos o la comisión de investigación designada en el protocolo deberán investigar y valorar la situación. El papel de ZEROACOSA2 será determinar la existencia o no del acoso, conforme a los criterios de nuestro equipo profesional compuesto por peritos expertos en conflictos laborales –o asesorar a la comisión de investigación, en el caso de que el servicio no esté externalizado–; y dar cauce legal a las siguientes tres fases del procedimiento:


a) INVESTIGACIÓN de todas las pruebas que las partes propongan, con entrevistas y tomas de declaración.


b) RESOLUCIÓN de la investigación realizada, con la redacción de un informe detallado con las propuestas de solución al conflicto.


c) POST RESOLUCIÓN, para realizar un seguimiento de las medidas acordadas y velar por la ausencia de cualquier tipo de discriminación, represalias contra la víctimas o testigos…